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  Nacional  TEPJF sanciona a Delgado y Morena por violar veda en revocación
Nacional

TEPJF sanciona a Delgado y Morena por violar veda en revocación

Luis Arturo AndradeLuis Arturo Andrade—mayo 16, 20220
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• Se advirtió la exaltación de logros de gobierno, con la finalidad de buscar la adhesión o aceptación de la ciudadanía.

CIUDAD DE MÉXICO.- La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó la que hubo difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido y violación al proceso de revocación de mandato, por parte de funcionarios públicos federales y locales, diputados y miembros de Morena, entre ellos el líder nacional de ese partido, Mario Delgado.

Por unanimidad de votos, las y los magistrados de la Sala Especializada del TEPJF aprobaron una sanción económica de 300 UMAs, (28 mil 866 pesos), a Mario Delgado, y 600 UMAs (57 mil 732 pesos), al partido Morena, por difusión de propaganda durante el proceso de revocación de mandato en periodo prohibido.

En tanto, dieron vista al Órgano Interno de Control de la Presidencia de la República para que determine qué sanciones aplicar a Jesús Ramírez, vocero de la Presidencia, y Pedro Daniel Ramírez, jefe de departamento de la coordinación de comunicación social de esa dependencia, por la difusión de propaganda gubernamental en periodo de veda, en la cual se resaltaron logros del Gobierno.

Al resolver una serie de impugnaciones promovidas por partidos de oposición, la y los magistrados exoneraron al presidente Andrés Manuel López Obrador de la difusión de propaganda gubernamental atribuida a sus subordinados porque consideraron que él no estuvo enterado ni autorizó los mensajes o información publicada y difundida.

Cómo parte de la sanción a otros servidores públicos también pidió dar vista a la Dirección General de Comunicación y Vinculación todas del Congreso de Puebla; a los órganos internos de control de la alcaldía Gustavo A. Madero, del Congreso de la Ciudad de México y del municipio de Ciudad Juárez, Chihuahua, para que, en el ámbito de sus atribuciones, determinen lo que corresponda.

Así como se pidió dar vista a la Contraloría Interna del Senado de la República, al Congreso de Chihuahua por conducto de su presidencia a la mesa directiva, Órgano Interno de Control por conducto de la Junta de Gobierno y Coordinación Política.

En uno de los asuntos, la Sala resolvió que López Obrador y el vocero presidencial, Jesús Ramírez, incumplieron las medidas cautelares ordenadas por el INE. Sin embargo, hicieron ver que, de acuerdo con la Constitución, el mandatario federal no puede ser sancionado.

Las sanciones a los funcionarios antes citados, derivan de las publicaciones realizadas en sus cuentas de Facebook, Twitter e Instagram.

Según la y los magistrados, del análisis de las publicaciones controvertidas se advirtió la exaltación de logros de gobierno, con la finalidad de buscar la adhesión o aceptación de la ciudadanía al hacer referencia a acciones concretas llevadas a cabo por las personas servidoras públicas, con lo que se acreditó la vulneración a la normativa aplicable en el proceso de revocación de mandato.

Fuente: El Financiero

AMLOMario Delgado CarrilloMORENARevocación de MandatoVeda ElectoralViolación
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