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  Nacional  SFP debe informar sobre número de personas físicas y morales sancionadas por caso Odebrecht: INAI
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SFP debe informar sobre número de personas físicas y morales sancionadas por caso Odebrecht: INAI

Luis Arturo AndradeLuis Arturo Andrade—junio 13, 20210
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•      Esta solicitud de información se constituye como seguimiento a las acciones que se siguen realizando para combatir el fenómeno de la corrupción en nuestro país: Oscar Guerra Ford

•      La Secretaría de la Función Pública impuso una sanción a Emilio Lozoya Austin, ex director general de Petróleos Mexicanos, para inhabilitarlo por 10 años en el desempeño de cargos públicos, indicó el Comisionado del INAI

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó a la Secretaría de la Función Pública (SFP) buscar y entregar los documentos que den cuenta de las personas físicas y morales sancionadas por el caso Odebrecht, entre el 1 de enero de 2015 y el 15 de febrero de 2021, su razón social, así como el tipo de sanción y fecha en que fue impuesta, precisando, en el caso de las multas, si se cubrieron o no. 

“Celebro que las personas sigan atentas a este tipo de casos emblemáticos, pues esta solicitud de información se constituye como seguimiento a las acciones que se siguen realizando para combatir el fenómeno, tan enorme en nuestro país, de la corrupción y ejemplifica cómo el acceso a la información pública es una herramienta eficiente para el combate”, afirmó el Comisionado Oscar Guerra Ford.

Al presentar el caso ante el Pleno, expuso que, a nivel mundial, diversos servidores públicos han sido sancionados por el caso Odebrecht, como el Vicepresidente de Ecuador, Jorge Glas, sentenciado a seis años de prisión en 2017, y el ex Gobernador de la región andina de Áncash, en Perú, César Álvarez, sentenciado a ocho años y tres meses de cárcel en 2019.

Señaló que, en México, a partir de abril de 2020, las empresas Odebrecht Ingeniería & Construcción Internacional S.A. de C.V. y Constructora Norberto Odebrecht S.A. fueron inhabilitadas para participar en contrataciones públicas de carácter federal.

“Además, en mayo de 2019, la Secretaría de la Función Pública impuso una sanción a Emilio Lozoya Austin, ex director general de Petróleos Mexicanos, consistente en inhabilitarlo por 10 años para su desempeño en cargos públicos y es investigado actualmente por la Fiscalía General de la República”, indicó Guerra Ford.

En respuesta a la persona interesada en conocer la información, la SFP señaló que no localizó un documento con las características y el nivel de detalle requerido.

No obstante, por conducto de la Dirección de Transparencia y Gobierno Abierto, informó que se han impuesto más de una docena de sanciones a exfuncionarios, personas físicas y empresas, que han derivado en inhabilitaciones hasta por 10 años en el servicio público y sanciones económicas que ascienden a más de mil 639 millones de pesos, sin resolución firme.

Asimismo, la dependencia indicó que tiene investigaciones y procedimientos de responsabilidad administrativa en curso y, como dato adicional, refirió la inhabilitación de un funcionario de alto nivel en Petróleos Mexicanos (Pemex).

Inconforme, porque la SFP proporcionó información general y no los documentos que dan cuenta de sus acciones para sancionar a servidores públicos y proveedores involucrados en el caso Odebrecht, el solicitante presentó un recurso de revisión ante el INAI.

En el análisis del caso, la ponencia del Comisionado Guerra Ford determinó que la dependencia no llevó a cabo el procedimiento de búsqueda previsto en la Ley Federal de Transparencia, pues no consultó a todas las unidades administrativas competentes para conocer la información solicitada.

Se comprobó que, además de la Dirección de Transparencia y Gobierno Abierto, cuenta con la Unidad de Asuntos Jurídicos, la Unidad de Responsabilidades de Petróleos Mexicanos, la Dirección de Registro de Sancionados, y a la Dirección General de Responsabilidades y Verificación Patrimonial, las cuales cuentan con facultades para representar legalmente a la SFP, sustanciar procedimientos de responsabilidades administrativas e imponer las sanciones.

También, se advirtió que la interpretación de la solicitud de información fue restrictiva, pues, si bien la dependencia no contaba con un documento único para atender el requerimiento, está obligada a identificar las distintas expresiones documentales para dar respuesta.

Se concluyó la SFP debe tener registros, documentos y expedientes sobre las sanciones y multas impuestas, por tanto, no es posible validar el pronunciamiento de que no localizó un documento específico. 

Bajo estas consideraciones, el Pleno del INAI revocó la respuesta de la Secretaría de la Función Pública y le instruyó hacer una búsqueda en sus archivos físicos y electrónicos, con un criterio amplio, en todas las áreas competentes, sin omitir a las antes señaladas, a fin de que proporcione al particular los documentos que contengan la información requerida.

Comunicado

Función PúblicaINAIOdebrechttransparencia
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